01 El período semanal de atención en Residencia será de lunes a las 8,15 al viernes a las 15,30 horas.
02 Las salidas del recinto del Centro serán bajo la autorización de la Dirección de la Residencia, delegada en su educador/a tutor/a. Alumnado de Primaria, acompañados por un responsable del Centro, y Secundaria y enseñanzas postobligatorias hasta las 20,30 horas. En el caso de alumnado mayor de edad, el ingreso a la residencia podrá realizarse hasta las 22,00 horas perdiendo la cena en caso de encontrarse fuera del centro.
03 La asistencia a las comidas (desayuno, almuerzo y cena) son de carácter obligatorio. (Se reserva la potestad de permisos especiales fundamentados y autorizados por su tutor/a).
04 El horario de descanso en sus habitaciones será para la Primaria desde las 21,30 horas, Secundaria y enseñanzas postobligatorias a las 23,00 horas.
05 La asistencia a las clases es de carácter obligatorio, así como a las distintas actividades que organice la Residencia y que así se consideren.
06 El uso de los móviles, portátiles, máquinas de juego, etc… está prohibido en las distintas salas de estudio, comedor, biblioteca o talleres, salvo autorización expresa del educador/a o monitor/a. El alumno/a residente está obligado a poner su móvil en modo silencio, estando sólo autorizado su uso en los tiempos de ocio recogidos en el Plan Anual de Residencia. En caso de incumplimiento se requisará temporalmente.
07 La Residencia aporta una habitación y un armario, los cuales disponen de llave (niñas) o requieren candado (niños). Las pertenencias individuales, serán de exclusiva responsabilidad del alumno/a y su perdida, deterioro o sustracción serán de su responsabilidad.
08 Las entradas a la residencia se realizarán a las 8,00 horas o a las 20,00 horas, solo admitiéndose la entrada a distinta hora en caso de motivo justificado o de causa mayor (asistencia a médicos, DNI, etc.). No se harán excepciones en el caso de alumnado que se reincorpora a la residencia tras una suspensión del derecho de asistencia tanto a la residencia como a los centros docentes.
09 El deterioro, rotura o agresión a las instalaciones, mobiliario y ajuar, de forma intencionada, su reparación o reposición correrán a cargo del infractor.
10 Los/las alumnos/as que se encuentren enfermos/as no acudirán a la Residencia hasta su recuperación. Caso de enfermar durante su estancia y bajo la prescripción médica, la convalecencia la efectuará en su domicilio.